EXAMEN UNIDAD: GRUPAL

 UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO


“CRIMINOLOGÍA Y SISTEMA PENAL”

Curso: Criminología.

Docente:  Mag. Carlos Alberto Pajuelo Beltrán.

N° de grupo: 5

Integrantes:

  • Mariamar CCama Aro.

  • Daniela Garcia Palacios.

  • Alex Velasquez Arocutipa.

  • Rudy Dimas Huanacuni Mamani. 

  • Leonardo Sánchez Flores. 


TACNA-PERÚ

2022
























RESUMEN:

En presente trabajo de investigación sobre la criminología y el sistema penal, primeramente comenzamos tocando los conceptos sobre la criminología, qué es lo que estudia, lo que busca y sus enfoques, posteriormente se habla sobre que es un sistema penal y como se relaciona con la criminología. 

Seguidamente presentamos la criminología y el sistema penal en el Perú, la criminología y el sistema penal en EE.UU. , la criminología y el sistema penal en Noruega y la criminología y el sistema penal en Alemania. Para finalmente hacer la comparación entre todas de sus principales características. 


ABSTRACT:

In this research work on criminology and the penal system, we first begin by touching on the concepts of criminology, what it studies, what it seeks and its approaches, then we talk about what a penal system is and how it is related to criminal justice. criminology.


We then present criminology and the penal system in Peru, criminology and the penal system in the US, criminology and the penal system in Norway, and criminology and the penal system in Germany. To finally make the comparison between all of its main characteristics.










INTRODUCCIÓN 

Entendemos por criminología como una ciencia social empírica e interdisciplinar que tiene como objetos de estudio el delito, los comportamientos antisociales, el fenómeno de la delincuencia, los delincuentes, las víctimas y los medios de control social. Podemos considerar como fines de la Criminología el estudio del fenómeno delictivo para su prevención e intervención, para conseguir una medición, control y reducción de los fenómenos criminales y la reinserción de los penados.

Mientras que el sistema penal se entiende como el control social penitenciario institucionalizado, el conjunto de vínculos y procesos resultados del ejercicio de la facultad penal del Estado. Lo que permite llevar las relaciones del control penal, que no se encuentren dentro de los límites jurídicos, denominados fuera del límite.

El sistema penal persigue el estudio legislativo y el derecho positivo del delito, la Criminología complementa dicho análisis de la personalidad de víctima y delincuente; la criminología y sistema penal constituyen disciplinas complementarias y necesarias para el estudio integral de la conducta punible, del delincuente, del control del delito y de la víctima.

La criminología y sistema penal es adaptado a cada sociedad de manera conveniente con la finalidad de reducir los índices delictivos en base a distintas estrategias con sustento y base de estudio, la aplicación de estrategias no siempre coinciden en procedimiento pero si en el objetivo.









CAP I

CONCEPTOS 

CONCEPTO DE CRIMINOLOGÍA 

La Criminología es una ciencia multidisciplinar que estudia las causas y circunstancias de los hechos delictivos desde todas sus vertientes (delincuente, delito, víctima y control social), desde la propia psicología y personalidad del individuo hasta la influencia de la sociedad en que cada uno se cría. Y por ello mismo tiene relación con muchas otras disciplinas como el Derecho, la Sociología, la Psicología, la Antropología o la Medicina, que forman parte en mayor o menor medida de sus planes de estudios: “El Derecho Penal aporta el conocimiento de las leyes y las penas aplicadas a los delincuentes, mientras que la Sociología les ayuda a analizar el delito como hecho social, y la Psicología muestra las motivaciones de la conducta delictiva”, explica Fernández. “Pero no podemos olvidar el aporte de la Psiquiatría (en lo referente a los trastornos de personalidad), la Estadística (investigación científica) o la Medicina Forense: [los criminólogos] tienen que saber interpretar una autopsia y ver mucho más allá de la evaluación de los hechos visibles del delito que hace el médico forense”, añade.

CONCEPTO DE SISTEMA PENAL

Llamamos "sistema penal" al control social punitivo institucionalizado, que en la práctica abarca desde que se detecta o supone que se detecta una sospecha de delito hasta que se impone y ejecuta una pena, presuponiendo una actividad normativizadora que genera la ley que institucionaliza el procedimiento, la actuación de los funcionarios y señala los pasos y condiciones para actuar. Esta es la general idea de "sistema penal" en un sentido limitado, abarcante de la actividad del legislador, del público, de la policía, de los jueces y funcionarios y de la ejecución penal.





CAP II

RELACIÓN ENTRE LA CRIMINOLOGÍA Y EL SISTEMA PENAL 

El Derecho Penal y la Criminología mantienen una estrecha relación desde sus orígenes, siendo ambas disciplinas eminentemente prácticas y enfocadas al estudio del delito desde el punto de vista individual y social. Si el Derecho Penal persigue el estudio legislativo y el derecho positivo del delito, la Criminología complementa dicho análisis de la personalidad de víctima y delincuente. En definitiva, Criminología y Derecho Penal constituyen disciplinas complementarias y necesarias para el estudio integral de la conducta punible, del delincuente, del control del delito y de la víctima.

Para la Criminología, el delito se afronta como la conducta desviada respecto a la norma que dicta la sociedad. Si el Derecho Penal se considera como la ciencia de lo que “debe ser”, la Criminología es la ciencia del “ser” e identifica el método utilizado para actuar sobre la conducta humana, sobre el concepto normativo legal del delito, sobre cómo prevenir y reducir de una manera eficaz los ataques a la sociedad.

Por tanto, se puede concluir que entre el derecho penal y la criminología existe una interacción por la que se puede afirmar, sin duda, que la Criminología sin Derecho Penal está ciega y el Derecho Penal sin Criminología es una ciencia estéril. Existen muchos ejemplos de esta afirmación: los delitos contra la seguridad vial (arts. 379 y ss. CP) o los delitos contra la seguridad colectiva (arts. 341 y ss. CP) afectan a bienes jurídicos colectivos y existen para


CAP III

CRIMINOLOGÍA Y EL SISTEMA PENAL DEL PERÚ

El actual Sistema Penitenciario Peruano, es rectorado por el Instituto Nacional Penitenciario desde el año 1985, a partir del Decreto Legislativo N° 330 , sustituyendo así a la Dirección General de Establecimientos Penales y Readaptación Social.

EL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO (INPE ):

Es considerado como un Organismo Público Ejecutor del Sector Justicia, con personería Jurídica de derecho público, cuyas funciones se disgregan en áreas de administración, tratamiento y seguridad. Se rige mediante el Código de Ejecución Penal y su Reglamento, en donde tiene como misión dirigir y controlar técnica y administrativamente el Sistema Penitenciario Nacional asegurando una adecuada política penitenciaria, que favorezca:

  1. La reeducación, rehabilitación y reincorporación del interno a la sociedad.

  2. El establecimiento y mantenimiento de la infraestructura penitenciaria.

Actualmente el INPE tiene como órganos desconcentrados a ocho regiones penitenciarias y con 88 establecimientos penitenciarios a nivel nacional.

LA EJECUCIÓN DE LAS PENAS EN EL PERÚ :

En el Código penal peruano se encuentran diversos tipos de penas establecidas, es por ello que se puede apreciar diversas modalidades de ejecución penal, en función a las particularidades de tales sanciones, como son: 

  1. Ejecución de las penas Privativas de la libertad

  2. Ejecución de las penas Restrictiva de libertad

  3. Ejecución de las penas Limitativas de derechos

  4. Ejecución de la pena de Multa. 

El Código de ejecución penal encarga al INPE la ejecución de las tres primeras, así como las medidas de seguridad, pero fundamentalmente de las penas privativas de la libertad. 

TIPOS DE PROCESOS PENALES EN EL PERÚ:

  1. El proceso ordinario o común: Este régimen es apto para los procesados y  sentenciados con mínima, mediana y máxima seguridad.

  2. Los procesos especiales: Este régimen es apto para delincuentes comunes y de difícil readaptación, para delincuentes, terroristas y excepcionalmente procesados  con una sentencia de mediana y máxima seguridad.

En donde estos últimos se clasifican en proceso inmediato, proceso por razón de la función pública, proceso de seguridad, por delito de ejercicio privado de la acción penal, proceso de terminación anticipada, proceso de colaboración eficaz y proceso por faltas. 

Cabe señalar que los procesos especiales sirven como un complemento al proceso ordinario, ya que brinda no solo mayor celeridad en los casos que ameriten, sino también salidas alternativas que contribuyan a mejorar el funcionamiento del sistema penal.


CAP IV 

CRIMINOLOGÍA Y EL SISTEMA PENAL DE  EE.UU

El cuadro general de la criminología en los Estados Unidos de América es amplio y, en ciertos aspectos, confuso. Trataremos de aislar algunos aspectos y resultados que son de mayor interés. Por supuesto, deberemos escoger los que coinciden más con las líneas de investigaciones análogas que existen en Europa y, en particular, en Italia.

Sin duda, el argumento de mayor interés para el criminólogo es el que concierne a la etiología criminal. Este problema, tradicionalmente ha sido examinado en cuatro formas distintas que presuponen varias hipótesis básicas que son muy distintas y que condicionan la dirección y la metodología de las investigaciones. Estas cuatro formas fundamentales pueden clasificarse o indicarse así:

a) etiología de prevalencia biológica

b) etiología de prevalencia social

c) etiología de prevalencia psicológica

d) etiología múltiple multifactorial

El sistema penal en los Estados Unidos es el encargado de reducir y procesar los delitos cometidos dentro del territorio. Así mismo, su función es asegurar el óptimo funcionamiento de los organismos e instituciones penales, su desempeño y resultados. Garantizando de esta manera, protección a la ciudadanía, prevención de futuros daños y paz social.

Los delitos penales pueden ser procesados tanto por el Sistema Penal, como por el Estado, según su naturaleza. Estas instituciones tienen principios medulares del derecho penal que establecen la ecuanimidad en procesos de investigaciones, estatales y federales.

El sistema carcelario privado en Estados Unidos se ha convertido en un negocio lucrativo. Desde el surgimiento de Corrections Corporation of America (CCA o CoreCivic) -en 1983 en la administración de Ronald Reagan- a la fecha el crecimiento de los centros privados ha sido exponencial.

El Estado delegó la responsabilidad de los reos a terceros para hacer frente a la sobrepoblación carcelaria. Las cifras así lo confirman, entre 2000 y 2016 aumentó en un 47% el número de reos en este tipo de cárceles, según datos publicados por el Proyecto de Sentencias.

Lo que parecía una alternativa para la reclusión pasó a ser una vía para desentenderse de cárceles, programas de rehabilitación para reos, mantenimiento. “El Buró de Prisiones comenzó a contratar a compañías penitenciarias privadas a medida que la población penitenciaria federal aumentó en casi un 800 por ciento entre 1980 y 2013”, se lee en el Proyecto de Sentencias. 

La mano dura con la que el presidente, Ronald Reagan, enfrentó la guerra contra las drogas incrementó la población carcelaria.

Reagan, quien gobernó EU de 1981 a 1989, aumentó de manera significativa el gasto público. Un factor fue la sobrepoblación en las cárceles federales.

¿Diferencia entre cárcel privada y una federal?

Una prisión pública, sea federal o estatal, es propiedad del gobierno, lo que significa que tienen que hacerse cargo de la construcción, vigilancia y administración, así como revisar a los presos y todo lo que pasa en el penal. 

Aunque eso sí, muchos de los servicios se subcontratan a empresas privadas como el de alimentos y el de mantenimiento.

En una cárcel privada, el gobierno sólo se encargará de proporcionar lo básico a los prisioneros y supervisar la prisión.




CAP V

CRIMINOLOGÍA Y EL SISTEMA PENAL DE NORUEGA 

El Sistema Penitenciario Noruego registra una de las tasas de reincidencia más bajas en comparación con otros países, debido a que Noruega se distanció del enfoque punitivo de los encarcelamientos, dando como resultado una de las tasas de encarcelamiento más bajas del mundo, con sólo 73 presos por cada 100.000 habitantes.

Por otro lado, la pena máxima para los asesinos es de 21 años de cárcel, aunque en la práctica, muchos de ellos cumplen condenas más cortas, pero la ley permite la detención preventiva, que es una extensión de la sentencia por períodos adicionales de cinco años en el caso de que se estime que la persona sigue siendo una amenaza para la sociedad.

En Noruega, a los prisioneros se les priva el derecho a la libertad, mientras que los otros derechos permanecen, ya que ellos pueden votar, tener acceso a la educación, al sistema sanitario; puesto que la vida en la cárcel debe ser lo más parecida al mundo exterior.

En el sistema penitenciario de Noruega consideran qué el que comete un delito es porque el estado ha fallado, Por lo tanto consideran a la cárcel como un espacio rehabilitador y resocializador. La mayoría de los internos cuando comienzan a cumplir su pena en una cárcel de alta seguridad son transferidos a una prisión de menor seguridad, con la finalidad de crear una transición gradual de la prisión a la libertad.









CAP VI

CRIMINOLOGÍA Y EL SISTEMA PENAL DE ALEMANIA 

 La comparación europea no muestra para Alemania ninguna divergencia marcada: medida a partir de los grupos delictivos seleccionados, la tasa de la delincuencia alemana se sitúa ligeramente por debajo del valor medio de los países de Europa Occidental y del Norte y sigue la tendencia general en el quinquenio de 2007 a 2011, la cual a excepción del hurto a viviendas, consiste en una ligera disminución. La disminución del número de casos entre los distintos niveles de la policía y los tribunales penales también se configura de un modo similar. Por último, las tasas de prisioneros en Alemania y en Europa occidental y del norte están casi al mismo nivel.

En Alemania el sistema penitenciario está descentralizado a través de los 16 Länder  del país.  La población reclusa alcanza las 65.722 personas según estadísticas del 2012, con una tasa de ocupación del 84.4%  y de reclusión de 80 presos por cada 100000 habitantes.

El sistema penal, utilizando las nociones de criminalidad y de pena como puntos naturales de referencia, tiende a reducir en forma fragmentaria y artificial la identificación de las zonas de negatividad social y de necesidades individuales y comunitarias que pueden justificar o postular una intervención institucional.

a) Evaluar la criminalidad y la desviación como resultados de un proceso de definiciones puede provocar, dentro de tal contexto, el ocultamiento de situaciones socialmente negativas y de sufrimientos reales que en muchos casos, pueden ser consideradas como el punto de referencia objetivo  de las definiciones.

b) Crear una excusa para las intervenciones socialmente adecuadas y justas.

c) Concentrar las investigaciones sobre ciertos sectores de desviación y la criminalidad sobre los cuales en efecto se concentran con su funcionamiento socialmente selectivo, los procesos de etiquetado y de criminalización, puede contribuir a la consolidación del estereotipo dominante de la criminalidad y de la desviación, como comportamiento normal de estos grupos sociales y desviar así la atención de los comportamientos socialmente negativos de la delincuencia de “cuello blanco" y de los poderosos.


ALGUNOS APUNTES SOBRE LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS

·         Los prisioneros pueden recibir visitas al menos una hora al mes,  sin embargo en la práctica la mayoría de prisiones permite más de una hora de visita al mes y algunas otras establecen como mínimo cuatro horas de visita al mes.

·         Los reclusos deben trabajar o dedicar su tiempo a estudiar o entrenarse en una labor,  el hecho de no participar en alguna de estas actividades,  puede significar no tener dinero para comprar cosas,  rentar una televisión o pagar por tarjetas telefónicas o estampillas. 

·         De acuerdo con la sección cuarta de la Constitución,  los internos tienen derecho a practicar o participar en servicios religiosos de la religión que profesen.

·         Los presos pueden acudir a los tribunales si sienten menoscabados sus derechos.  Se trata normalmente de un proceso escrito, el preso envía una carta al tribunal, el tribunal solicita un informe al establecimiento  y el preso a su vez tiene la oportunidad de responder este informe, antes de dictar una resolución definitiva,  el tribunal puede decretar un interdicto, cuando el tribunal estima que los hechos se han aclarado satisfactoriamente, resuelve definitivamente. 

LA CÁRCEL ALEMANA DE CINCO ESTRELLAS

Denominada así la cárcel Heidering, situada en Grossbeeren,  Brandenburd,  estado vecino de Berlín,  costó cerca de ciento dieciocho millones de euros y fue inaugurada el 21 de marzo del 2013,  la prisión tiene capacidad para 648 varones de baja peligrosidad con sentencias a concluir en no más de cinco años;  los internos realizan trabajos para Siemens en los enormes talleres del establecimiento, recibiendo pagas de hasta ciento cincuenta euros mensuales;  la luz natural ilumina casi todos los espacios de la cárcel, existen corredores abiertos, ventanales grandes que guardan relación con la transparencia.

Para dar por finalizado, el sistema penitenciario alemán sería uno de tipo progresivo, pues busca la rehabilitación social  mediante el estudio del sujeto y su progresivo tratamiento;   los presos deben trabajar o  estudiar.  Asimismo resulta fundamental destacar el hecho de que los presos puedan recurrir a los tribunales a efecto de reclamar por el trato que reciben en el centro penitenciario.

CAP VII

COMPARACIÓN ENTRE PERÚ,  EE.UU. ,NORUEGA Y ALEMANIA SIMILITUDES Y DIFERENCIAS 

  1. EE.UU

En Estados Unidos se maneja una política criminológica represiva, a los criminales se les juzga e impone una pena según el delito que cometan. Su sistema priva de libertad y comodidad a los presos bajo un estricto control para que cumplan su condena.

En 2016, Estados Unidos tenía el segundo mayor número de personas privadas de libertad en el mundo. La historia de las sanciones penales de EE. UU. no siempre ha sido de represalia. Históricamente, y más precisamente, antes de 1960, el país combinó el propósito de las sanciones penales con los tribunales utilitarios y la rehabilitación como política penitenciaria. En ese momento, su sistema penal se caracterizaba por las denominadas sentencias indeterminadas pueden tratarse sanciones desde privativas de libertad, multas, libertad condicional, etc. Desde la década de 1970, durante la cual se abolieron las cadenas indeterminadas y sobresalieron las cadenas perpetuas, las sanciones ya no son una garantía de los perpetradores de derecho, sino una función de prevención general.

La cadena perpetua y la pena de muerte, al ser consideradas las sanciones más drásticas, terminan por subir el baremo punitivo en los estados que las contemplan. Carolina del Norte, Utah, Alabama, Nevada y Massachusetts tienen en promedio el 22% de su población privada de la libertad condenada a cadena perpetua.


  1. PERÚ

Política Criminal Represiva: En nuestro país, comprobamos que las diversas variaciones legislativas que se han implementado en sede penal, tienen como finalidad hacer más firme la represión judicial. Se evidencia la agravación y la severidad de las penas de un modo desproporcionado y en armonía con la presión dada por los medios de comunicación. La experiencia criminal nos demuestra que los fenómenos criminales son independientes de las leyes penales; dado que, los delincuentes no se preocupan por la redacción de un Código Penal castigador y represivo, sino que se enfocan más en verificar si la autoridad judicial ejecuta verdaderamente sus sentencias.

Se plantea tomar ejemplo a sistemas con mejores resultados pero la sociedad no está preparada para ese cambio, nuestra política criminal brinda penas de acuerdo a la magnitud del delito, en los sistemas penitenciarios se les brinda pequeñas libertades que permitan su reinserción adecuada pero pasa inadvertido por el poco apoyo.


  1. Noruega

El Servicio Correccional Noruego, considera este principio de normalidad es un buen punto de partida a la hora de asegurar una exitosa reinserción social del ofensor, puesto que, si éste no viera que la sociedad y el sistema le tienden una mano, no sentiría ningún deseo de adaptación. Los lazos sociales y emocionales son una de las bases que inhiben al individuo de cometer actos gravosos contra los demás; en este sentido es en el que parecen actuar los sistemas correccionales democráticos.

El sistema criminológico de noruega busca principalmente la reintegración de los presos a la sociedad de manera que no se cometa los mismos errores y vuelvan a prisión, detrás de ello se maneja diversos estudios que confirman que el sistema que emplean es adecuado para su sociedad dado que según estadísticas no hay un crecimiento delictivo en su sociedad.


  1. Alemania

Según  Helmut Kury los programas más efectivos son los que comienzan en la familia, e incluso estos programas que comienzan en la familia son también los más baratos. Por ejemplo, si una familia tiene problemas, es útil que reciba la visita de un trabajador social; no cabe duda de que estas actuaciones cuestan dinero, pero es importante tener en cuenta que si esto no se lleva a cabo es muy probable que en el futuro los chicos de estas familias se conviertan en conflictivos, puedan llegar a convertirse en criminales, y al final vuelve a aparecer la necesidad de invertir en medidas de prevención y control del delito que terminan por ser mucho más costosas, como es el caso de la persecución, enjuiciamiento, encarcelamiento, etc. En la actualidad disponemos ya de diversos estudios sobre los costes de las medidas de prevención del delito tanto en Estados Unidos como incluso en Europa, y estos análisis muestran que, cuanto antes se intervenga cuando hay problemas, menos costosos serán estos programas de intervención. Estas acciones se intentan aplicar en Alemania.





CONCLUSIONES

En conclusión la política criminológica tiene un objetivo general en todos los países y es reducir los índices de delincuencia, la política criminal propone soluciones o métodos para lograr tal objetivo, algunos países aplican un sistema diferente para lograr la reintegración del juzgado en la sociedad cambiante.Las comparaciones que se realizan se observa la semejanzas de integración y las diferencias en la finalidad de las penas en cada país. 

            En conclusión, podemos decir que la relación penal preparada en el campo de la penitencia debe basarse en el conocimiento científico del delito, de la personalidad y del delito, y debe utilizar los medios eficaces de que dispone la criminología para combatirlo. evaluación y diagnóstico.

En conclusión  referente a la relación que tiene la criminología y el sistema penal podemos decir que, el derecho penal y la criminología existe una interacción por la que se puede afirmar, sin duda, que la Criminología sin Derecho Penal está ciega y el Derecho Penal sin Criminología es una ciencia estéril, es por ello que ambas ciencias deben combatir de la mano a la delincuencia que pueda existir en nuestra sociedad.  

En conclusión se puede decir que el sistema penal del Perú tiene muchas falencias en su organización, y es de suma urgencia que se empiece a imitar los diferentes modelos extranjeros, tales como el estadounidense, el noruego y el alemán. 


BIBLIOGRAFÍA

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