Propuestas para combatir la corrupción
UNIVERSIDAD
PRIVADA DE TACNA
FACULTAD
DE DERECH
O Y CIENCIAS POLÍTICAS
ESCUELA
PROFESIONAL DE DERECHO
Curso: Criminología.
Docente: Mag. Carlos Alberto
Pajuelo Beltrán.
N° de grupo: 5
Integrantes:
-
Mariamar CCama Aro.
-
Daniela Garcia Palacios.
-
Alex Velasquez Arocutipa.
-
Rudy Dimas Huanacuni Mamani.
-
Leonardo Sánchez Flores. kbro
TACNA-PERÚ
2022
INDICE
CONSTITUIR UNA ALIANZA
POLÍTICO-SOCIAL CONTRA LA CORRUPCIÓN
LA POLÍTICA CRIMINAL CONTRA LA CORRUPCIÓN
CONTROL PERMANENTE EN LAS NEGOCIACIONES Y TRANSACCIONES POR
LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS
RESUMEN
La corrupción puede abordarse desde dos perspectivas, en
modo alguno antagónicas; Creo que están en algún tipo de relación
género-especie. En efecto, por un lado,
la corrupción puede entenderse como actos o manifestaciones específicas
del uso específico del servicio público especificado en la ley administrativa o
penal, pero por otro lado, es necesario entender la corrupción en un sentido
más amplio. Es decir, como una atmósfera de psiquismo, sentimiento y práctica
histórica colectiva que llamamos “el fenómeno de la corrupción”.
Esta dimensión es el factor más importante a tener en
cuenta, por los efectos negativos que tiene en la vida general del país, y
porque mantiene o de alguna manera explica la manifestación específica de la
corrupción. En esta sección, nos detendremos en el último ángulo de la
corrupción, luego, en los siguientes puntos, profundizaremos en los mecanismos
extralegales y de derecho penal para prevenir manifestaciones específicas
de la corrupción.
ABSTRACT
Corruption can be approached from
two perspectives, in no way antagonistic; I believe they are in some kind of
gender-species relationship. Indeed, on the one hand, corruption can be
understood as specific acts or manifestations of the specific use of public
service specified in administrative or criminal law, but on the other hand, it
is necessary to understand corruption in a broader sense. On the other hand, it
is necessary to understand corruption in a broader sense, i.e., as an
atmosphere of collective psyche, feeling and historical practice that we call
"the phenomenon of corruption".
This dimension is the most important
factor to take into account, because of the negative effects it has on the
general life of the country, and because it maintains or somehow explains the
specific manifestation of corruption. In this section, we will dwell on the
latter angle of corruption, then, in the following points, we will delve into
the extra-legal and criminal law mechanisms to prevent specific manifestations
of corruption.
INTRODUCCIÓN
La
corrupción siempre estuvo presente e inclusive desde hace muchos años dentro de
la república, es como una herencia social, además se ha convertido en un problema
social ,muy grave por las consecuencias que trae consigo, de las cuales la política criminal se encarga
de crear respuestas que un Estado estima necesario adoptar para poder hacerle
frente a conductas consideradas reprochables o causantes de perjuicio social
con el fin de garantizar la protección de los intereses esenciales del Estado y
de los derechos de los residentes en el territorio bajo su jurisdicción.
Asimismo,
en el presente trabajo se abordarán temas acerca de cómo constituir algunas
alianzas política-social que rechazan el funcionamiento de la corrupción, de
igual modo sobre algunas indicaciones o plan anticorrupción ya que son
relevantes para la comprensión de este trabajo, además se abordará temas como
la reorganización estatal, también sobre un control de financiamiento de los
funcionarios públicos del país.
Es por ello que el presente trabajo
monográfico tiene como objetivo general abordar temas completamente necesarios
e importantes para la comprensión acerca
la corrupción en el marco social, pero sobre todo en el tema de la
administración pública actual de nuestro país.
CAP
I
I. DEFINICIONES
I.1
POLÍTICA CRIMINAL
Es
el conjunto de respuestas que un Estado estima necesario adoptar para hacerle
frente a conductas consideradas reprochables o causantes de perjuicio social
con el fin de garantizar la protección de los intereses esenciales del Estado y
de los derechos de los residentes en el territorio bajo su jurisdicción.
Dicho
conjunto de respuestas puede ser de la más variada índole, puede ser:
●
Social: como cuando se
promueve que los vecinos de un mismo barrio se hagan responsables de alertar a
las autoridades acerca de la presencia de sucesos extraños que puedan estar
asociados a la comisión de un delito.
●
Jurídica: como cuando
se reforman las normas penales.
●
Económica: como cuando
se crean incentivos para estimular un determinado comportamiento o
desincentivos para incrementar los costos a quienes realicen conductas
reprochables.
●
Cultural: como cuando
se adoptan campañas publicitarias por los medios masivos de comunicación para
generar conciencia sobre las bondades o consecuencias nocivas de un determinado
comportamiento que causa un grave perjuicio social.
●
Administrativa: como
cuando se aumentan las medidas de seguridad carcelaria. Inclusive pueden ser
tecnológicas, como cuando se decide emplear de manera sistemática un nuevo descubrimiento
científico para obtener la prueba de un hecho constitutivo de una conducta
típica. (Cita Triana, 2015)
I.2
CORRUPCIÓN
La
corrupción es considerada como el abuso del poder encargado para satisfacer
intereses particulares y puede ser clasificada en grande, mediana y pequeña,
dependiendo de los montos de dinero perdido y del sector donde se produce.
Al
respecto, instrumentos internacionales, como la Convención de las Naciones
Unidas contra la Corrupción o la Convención Interamericana contra la
Corrupción, contemplan la importancia y urgencia de establecer mecanismos al
interior de los Estados para prevenir, investigar y sancionar delitos de
corrupción, debido al gran impacto económico y social que genera. (Chanjan
Documet, Solis Curi, & Puchuri Torres, 2018)
I.3
FUNCIONARIO
Funcionario
público, Oficial Gubernamental o Servidor público, cualquier funcionario o
empleado del Estado o de sus entidades, incluidos los que han sido
seleccionados, designados o electos para desempeñar actividades o funciones en
nombre del Estado o al servicio del Estado, en todos sus niveles jerárquicos.
(Torres Pachas, 2015)
CAP
II
CONSTITUIR UNA ALIANZA POLÍTICO-SOCIAL
CONTRA LA CORRUPCIÓN
Las iniciativas
puramente estatales, además de confundirse con iniciativas gubernamentales que
desaparecen o se debilitan con los cambios de gobierno, resultan insuficientes
para combatir la corrupción. A su vez, las iniciativas de la sociedad civil,
por más exitosas que fueran, además de insuficientes, pueden resultar marginales
al carecer del respaldo o reconocimiento oficial. La experiencia
latinoamericana enseña que la concertación entre el Estado y la sociedad civil
en la lucha contra la corrupción es sustantivamente más eficaz que las
iniciativas estatales o particulares por separado.
Las principales
instituciones comprendidas en la alianza político-social serían el Presidente
de la República y el Poder Ejecutivo, el Congreso, los partidos políticos, los
medios de comunicación, los empresarios, las iglesias, las universidades, los
colegios profesionales, las organizaciones de trabajadores.
Las organizaciones
sociales y movimientos sociales de base y las organizaciones no
gubernamentales. Esa alianza tendría una diversidad de espacios de articulación
y relación: mesas de concertación, iniciativas locales, regionales o
nacionales, campañas nacionales, etc.
CAP
III
PLAN
ANTICORRUPCIÓN
La
corrupción le cuesta al Estado más de doce mil millones de soles al año, de
acuerdo al informe “Radiografía de la corrupción en el Perú” de la Defensoría
del Pueblo.
Se propone,
por tanto, que los gobiernos regionales y locales se comprometan a elaborar e
implementar un Plan Anticorrupción en coordinación con la Comisión de Alto
Nivel Anticorrupción – CAN y, de manera preferente, tomando en consideración
las recomendaciones hechas por dicha entidad. Los planes anticorrupción deberán
ser producto de la participación de las principales instituciones del sector
público, sector empresarial y de la sociedad civil, involucradas en la lucha
contra la corrupción.
1.
Fortalecer y mejorar la transparencia y acceso a la información pública.
Las
autoridades públicas tienen la responsabilidad de derribar el gobierno del
secretismo y contribuir en la construcción de un Estado en donde prime la transparencia
y la rendición de cuentas. Toda la información del Estado se presume pública,
salvo excepciones, y como tal, debe encontrarse al alcance del ciudadano y de
las entidades supervisoras para su efectivo control.
Por tanto,
se propone que los gobiernos regionales y locales se comprometan a fortalecer y
mejorar la transparencia y acceso a la información pública a través de la
actualización del Portal de Transparencia Estándar e implementación de
mecanismos innovadores para publicitar cualquier otra información adicional
relevante que fortalezca la transparencia y la reducción de riesgos de
corrupción. Asimismo, ello se debería complementar con el envío regular y
oportuno de la información sobre contrataciones y obras públicas a los portales
SEACE e INFOBRAS, respectivamente.
2.
Implementar audiencias públicas sectoriales de rendición de cuentas, que
respondan efectiva y oportunamente a las demandas de la población.
Conforme al
ordenamiento legal vigente, los gobiernos regionales y locales están obligados
a realizar audiencias públicas; sin embargo, estos espacios no consiguen los
resultados esperados, dada la poca continuidad y el escaso tiempo atribuido a
cada tema sectorial abordado.
Por tanto,
se propone que los gobiernos regionales y locales regulen e implementen
audiencias públicas sectoriales de rendición de cuentas, que respondan efectiva
y oportunamente a las necesidades de la población. Ello, en el marco del
fomento de la participación, empoderamiento y vigilancia ciudadana. Este mecanismo
representa una oportunidad para recuperar la confianza de la población en sus
autoridades y reducir los riesgos de corrupción, a través de un involucramiento
real de la ciudadanía en los asuntos públicos.
3.
Priorizar la incorporación de altos directivos a través de concursos
públicos o del cuerpo de gerentes públicos del Perú, y transparentar todo
proceso de contratación en el portal web de la entidad.
Una ventana
de oportunidad importante a los actos de corrupción es, en gran medida, la
contratación de personal no calificado, ya sea por clientelismo, vínculos
personales o deficiencias en los procesos de contratación. Según el informe de
Servir de 2016 más del 70% de los puestos jefaturales es designado por
confianza.
Así, para
minimizar el riesgo de corrupción en la administración pública, se propone que
los gobiernos regionales y locales prioricen la incorporación de los altos
directivos a través de concurso público o del cuerpo de gerentes públicos del
Perú – Servir, en el marco de un procedimiento regular y transparentado, y en
base a la meritocracia. Ello ampliaría el margen de independencia en la toma de
decisiones y una evaluación en función a resultados.
4.
No contratar a funcionarios públicos corruptos, conforme al decreto
legislativo 1243.
Con el
Decreto Legislativo N° 1243 de 2013 se aumentó el tiempo de inhabilitación para
el ejercicio de la función pública por ciertos delitos e incorporó la
inhabilitación perpetua, en caso de crimen organizado o cuando se afecten
programas asistenciales. Se implementó así, en cierta medida, “la muerte civil”
para malos funcionarios públicos.
Se propone,
por tanto, que los gobiernos regionales y locales garanticen la aplicación del
Decreto Legislativo 1243. Para ello, deberán consultar en el Registro Nacional
de Sanciones contra Servidores Civiles si los potenciales candidatos a ocupar
cargos en la administración pública, sea personal de confianza o no, se
encuentran inhabilitados. Deben asegurarse, así, que ningún funcionario
inhabilitado sea elegido para ejercer la función pública.
5. Impulsar el cumplimiento del
código de ética de la función pública, destinando recursos y asegurando
competencias para su eficiente implementación.
El Código de
Ética consiste en un conjunto de normas que regulan el comportamiento de los
funcionarios y está regulada por la Ley N° 27815, Ley del Código de la Ética de
la Función Pública.
Se propone,
así, que los gobiernos regionales y locales cumplan, a cabalidad, la Ley 27815,
destinando recursos y asegurando competencias para que pueda implementarse de
manera eficiente. Para ello, las autoridades regionales y locales deberán
destinar recursos, de ser necesario, y designar al secretario técnico de la
entidad. Se recomienda que la persona designada como secretario técnico debe
haber accedido a la entidad por concurso público, asegurando así, mayor
imparcialidad y control del proceso.
6. Publicar y mantener actualizadas
las declaraciones juradas de intereses de las autoridades y altos funcionarios
de los portales web.
Los
conflictos de interés constituyen un indudable caldo de cultivo para la
corrupción. Por ello, se propone la publicación de las Declaraciones Juradas de
Intereses de las autoridades y altos funcionarios de los gobiernos regionales y
provinciales en sus portales web, que contengan información relativa a sus
vínculos societarios, comerciales, gremiales, empresariales, profesionales y
laborales anteriores al ejercicio del cargo.
Dado que la
presentación de las Declaraciones Juradas de Intereses no se encuentra regulada
por el marco normativo nacional, deberá implementarse a través la emisión de
una ordenanza regional o municipal, dentro de la jurisdicción correspondiente.
CAP
IV
LA
POLÍTICA CRIMINAL CONTRA LA CORRUPCIÓN
La
corrupción es uno de los principales problemas públicos que aquejan a nuestra
sociedad y que genera no solo un perjuicio para el Estado, sino también para
los ciudadanos en su conjunto. Dado que la corrupción implica la obtención de
un beneficio privado utilizando los recursos públicos, muchas necesidades y
servicios básicos de la población se ven satisfechos de forma deficiente. Lo
que determina, directa o indirectamente, violaciones a los derechos humanos que
afectan, especialmente, a grupos vulnerables.
Según
el índice de percepción de la corrupción en el sector público de Transparencia
Internacional, de un total de 175 países, el Perú ocupa el puesto 85 con un
puntaje de 3.8. Esto obtuvo menos de la mitad del puntaje necesario para
“aprobar” como país transparente, lo que refleja, entre otros aspectos
disfuncionales, a un Estado que no implementa respuestas acordes con las
necesidades de su población.
Por
su parte, según la Encuesta Nacional Urbano Rural, el 42% de la población
identifica a la corrupción como causa de la inseguridad en nuestro país. Frente
a tal problemática, en el último quinquenio se han diseñado, y se vienen
implementando, una serie de iniciativas y acciones destinadas a prevenir,
combatir y sancionar actos de corrupción a nivel nacional.
Dentro
de los principales instrumentos normativos encontramos, por ejemplo, el Plan
Nacional Anticorrupción que dispone como objetivo general “un Estado
transparente que promueve la probidad en el actuar público y privado; y
garantiza la prevención, investigación, control y sanción efectiva de la
corrupción en todos los niveles”.
Asimismo,
a nivel regional se han implementado una serie de ordenanzas que implementan
mecanismos de transparencia y acceso a la información o que disponen medidas
para sectores específicos como salud o educación. Ahora bien, desde un punto de
vista político-criminal, las decisiones utilizadas se han enfocado en el
aspecto normativo, “concentradas en el cumplimiento de la ley, el desarrollo de
ordenanzas, la creación de grupos de trabajo y la reorganización de
procedimientos” o, como ya hemos mencionado, han dado pautas generales sobre la
prevención de actos de corrupción en espacios específicos.
No
obstante, muchas de las medidas aplicadas carecen de mecanismos de seguimiento
y evaluación de su impacto sobre los objetivos para los que fueron diseñados,
esto es, reducir la incidencia de la corrupción en la sociedad peruana. Por
ejemplo, tan solo en el periodo 2011-2015 se han producido 27 modificaciones
normativas al Capítulo II del Título XVIII del Código Penal de 1991, que
tipifica los delitos contra la Administración Pública cometidos por
funcionarios públicos.
Además,
en el proyecto de Nuevo Código Penal 2014-2015, las modificaciones a los
delitos de corrupción, más allá de introducir un incremento selectivo de las
penas, se reducen a aplicar consecuencias accesorias a personas jurídicas en
tan solo uno de los delitos, que dicho sea de paso, es de escasa aplicación.
Más allá de las discusiones dogmáticas y procesales respecto de la normativa
mencionada, consideramos pertinente hacer hincapié en la deficiente conexión
entre lo regulado y lo real. En otras palabras, es posible apreciar el desfase
entre la etiología del problema público que la corrupción representa y el
arsenal normativo aprobado para su prevención, control y sanción.
CAP V
Construir voluntad
política
El
concepto de voluntad política aparece como un elemento central para asegurar su
efectividad, especialmente en las reformas anticorrupción. En diversos análisis
se destaca la importancia de que los políticos muestren voluntad política para
implementar acciones para combatir la corrupción, sobre todo cuando deben
hacerlo en contextos de corrupción sistémica. En este sentido, países como
Singapur son modelos a seguir, puesto que demuestran justamente cómo un
liderazgo sólido que esté dispuesto a impulsar el cambio en todo el sistema es
clave para implementar políticas anticorrupción de manera exitosa.
La
voluntad política hay que construirla y este proceso es el reflejo de complejas
circunstancias que reúnen las aspiraciones de
los líderes individuales altamente visible, como adoptar un plan o
estrategia integral contra la corrupción, o cuando firman una convención de
esta naturaleza, pero la voluntad política real se mide a largo plazo en
término de los recursos que se ponen a disposición de los que tienen el mandato
para llevar a cabo las reformas políticas, o en la decisión del gobierno de
enjuiciar a figuras políticas de alto nivel que puedan estar involucradas. Para
cumplir sus promesas, la voluntad política debe renovarse todos los días y
mantenerse en el tiempo.
La
voluntad política es un elemento que puede ser crucial para identificar si un
político realmente está comprometido con las reformas anticorrupción. En este
escrito, se describió uno de los primeros marcos analíticos para distinguir el
nivel de voluntad política. La problemática de la corrupción ha sido un tema no
atendido por falta de voluntad política.
CAP
VI
CONTROL
PERMANENTE EN LAS NEGOCIACIONES Y TRANSACCIONES POR LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS
Al
establecerse un sistema de denuncias
confidenciales, se expone permanentemente a los funcionarios públicos a
tener que estar en capacidad de
dar explicaciones fundadas
de las decisiones
que constantemente adoptan. A
ello puede ayudar el
establecimiento de reglas
claras y precisas. De igual función lo constituye las auditorías internas
y externas a la que deben estar expuestas las diversas unidades
administrativas, sobre todo las que muestran sospechas sobre un alto grado de corrupción.
Pero
la transparencia en la actuación administrativa no sólo debe estar expuesta por
los mecanismos contables
o denuncias internas dentro de
la administración pública.
Esta transparencia sobre
todo debe ser
permanentemente fiscalizada por la sociedad
civil organizada, y en especial
por la prensa de investigación. La lógica de la democracia y del Estado
de derecho debe
materializarse en estos
mecanismos de control
que se practican
desde un ejercicio
libre de la
prensa. ¡Cuántas transacciones
corruptas permanecieron en la oscuridad debido a una prensa que en su mayoría renunció a su trabajo de crítica a la gestión pública del
régimen! Cuestión escandalosa resultó ser la forma en que los medios de
comunicación más importantes sujetaron su capacidad de fiscalización a los
lineamientos del régimen fujimorista.
5.1.
Evitar la concentración de funciones y de poderes discrecionales en los
funcionarios públicos
La necesidad
de un mayor
grado de transparencia
y control sólo
es posible con la
determinación de reglas claras tendientes a evitar la concentración de amplias
funciones en determinadas unidades de la administración pública y, a su vez,
con la delimitación de las facultades discrecionales de los funcionarios. Así,
por ejemplo, es posible hacer “que trabajen en
equipos con supervisión
inmediata, de tal
modo que ningún funcionario tenga oportunidad de tomar
grandes decisiones por su cuenta”. Ejemplo de ello son los enormes recursos que
se manejaban desde el Ministerio de la Presidencia y desde el
Ministerio de la
Mujer, precisamente los
ministerios con mayor cuestionamiento de corrupción durante
las campañas electorales.
5.1.1. Reforma del servicio civil
En
el ámbito del servicio civil se han sugerido una serie de reformas y modificaciones.
En primer término se asume la necesidad de contar con los agentes técnicamente
más capaces, pero a la vez
honestos y confiables.
Esto último aunque
conlleve un cierto grado de destinación de cierta
capacidad técnica.
El profesor Kirtgaard nos informa ya de la
existencia en el medio de pruebas psicológicas para investigar la honestidad,
que han dado buenos resultados en predecir la “integridad de la persona en el
puesto”. Por otro lado,
se sugiere en
este campo la
rotación de personal,
a fin de
evitar la formación de connivencias
y arreglos entre
“colegas” en un
distorsionado espíritu de cuerpo.
Y, finalmente, el establecimiento de códigos de ética para la función
pública.
Se
entiende que el fundamento de esta necesidad reside en la propia idea moral del
Estado como una entidad supraindividual que busca el bien común. Lógicamente,
un código de ética para la función pública no es la solución final para la
corrupción, sin embargo permite, a través de disposiciones de principio, evitar
los espacios confusos y contradictorios que podrían generar las múltiples
normas que regulan las funciones del Estado.
Teniendo
una mayor claridad y unidad sobre lo correcto e incorrecto en la actuación
pública se favorece la universalización de las normas de conducta de los
funcionarios públicos y se evita la dispersión normativa. Esta es la apuesta
que desde hace un tiempo viene impulsando la Defensoría del Pueblo en nuestro
país, quien, entiendo, ha sido una de las primeras instituciones en adoptar una
directiva estricta de neutralidad en las elecciones, experiencia seguida por
todos los organismos del Poder Ejecutivo.
CAP
VII
Transparencia
progresiva y control permanente en las negociaciones y transacciones realizadas
por los funcionario
Al implementarse un sistema de control constante
de las acciones que realicen los funcionarios públicos podemos identificar uno
o un grupo de funcionarios que realizan acciones lamentables dentro de su
cargo, para esto no solo necesitamos el apoyo de fiscalizadores especializados
o la prensa, sino también el apoyo del ciudadano de pie , un ciudadano que
investigue y sobre todo que esté informado de las acciones que se vienen
suscitando en la administración de poder en nuestro país.
Al
establecerse un sistema de denuncias confidenciales, se expone permanentemente
a los funcionarios públicos a tener que estar en capacidad de dar explicaciones
fundadas de las decisiones que constantemente adoptan. A ello puede ayudar el
establecimiento de reglas claras y precisas. De igual función lo constituyen
las auditorías internas y externas a la que deben estar expuestas las diversas
unidades administrativas, sobre todo las que muestran sospechas sobre un alto
grado de corrupción. Pero la transparencia en la actuación administrativa no
sólo debe estar expuesta por los mecanismos contables o denuncias internas
dentro de la administración pública. Esta transparencia sobre todo debe ser
permanentemente fiscalizada por la sociedad civil organizada, y en especial por
la prensa de investigación. La lógica de la democracia y del Estado de derecho
debe materializarse en estos mecanismos de control que se practican desde un
ejercicio libre de la prensa.
Conclusión
La corrupción ha sido un problema
social que afecta de manera grave a toda una civilización, esto surge desde
pequeños comportamientos o formación que se tiene durante los primeros años de
vida, educar en valores y ética es muy importante para así llegar a evitar
estos patrones de corrupción o mal manejo del poder.
Los colegios y universidades
trabajan constantemente para evitar la formación de estas conductas,es
importante mencionar que el trabajo para luchar en contra de la corrupción es
mediante un trabajo colectivo de supervisión en el desempeño de cargos
relevantes dentro de nuestra sociedad, para ello es necesario crear
fiscalizadores y entidades encargadas de la mencionada supervisión.
BIBLIOGRAFÍA
Chanjan
Documet, R., Solis Curi, E., & Puchuri Torres, F. (2018). Sistema de justicia,
delitos de corrupción y lavado de activos. Lima, Perú: Pontificia Universidad
Católica del Perú.
Cita
Triana, R. (2015). ¿Qué es la política criminal? Colombia : Observatorio de
política criminal .
Torres
Pachas, D. (2015). El concepto de funcionario público y la casación N°
634-2015. Comentario académico , 1-22.
Comisión
de Alto Nivel Anticorrupción. (2016). “Informe sobre el cumplimiento del plan
nacional de lucha contra la corrupción 2012-2016”. Lima: PCM-CAN.
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